SECTOR INTERMEDIARIOS NO BANCARIOS - VISIÓN FINANCIERA

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SECTOR INTERMEDIARIOS NO BANCARIOS



EL SECTOR DE INTERMEDIARIOS NO BANCARIOS  (IFNB), está integrado por un conjunto muy variado de organizaciones y cuyo común denominador es que:

         Son Intermediarios Financieros, ya que de manera habitual colocan financiamiento directo a sus demandantes (acreditados).

      Son No Bancarios, porque   no pueden realizar las actividades de Banca y Crédito, de la manera como lo establece la Ley de Instituciones de Crédito.

Algunos de los servicios que ofrecen son:   Financiamiento de todo tipo,  Asistencia técnica a sus socios, Capacitaciones y asesorías a sus socios,  Ahorros y aportaciones,  Remesas familiares, Seguros.



ACTIVIDADES AUXILIARES DE CREDITO:

Son las sociedades que autoriza la SHCP para operar como organizaciones del crédito y casas de cambio, a excepción de las sociedades de ahorro y préstamo, deberán constituirse en forma de sociedad anónima. Estas organizaciones son: Casas de Cambio, Sociedades Financieras de Objeto Múltiple  Reguladas Y Sociedades Financieras de  Objeto Múltiple NO Reguladas.


CASAS DE CAMBIO: 

 Son sociedades anónimas que realizan en forma habitual y profesional operaciones de compra, venta y cambio de divisas incluyendo las que se lleven a cabo mediante transferencias o transmisión de fondos, con el público dentro del territorio nacional, autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, reglamentadas en su operación por el Banco de México y supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Dentro de las funciones de estas  están:

·      Compra y venta de billetes así como piezas acuñadas y metales comunes, con curso legal en el país de emisión

·         Compra y venta de cheques de viajero denominados en moneda extranjera

·         Compra y venta de piezas metálicas acuñadas en forma de moneda

·         Compra de documentos a la vista denominados y pagaderos en moneda extranjera


SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS:

Son aquellas que, en los términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito o sociedades controladoras de grupos financieros de los que formen parte instituciones de crédito. Esta sociedad puede tener por objeto la realización de operaciones de arrendamiento financiero y/o factoraje financiero y/o crédito para cualquier fin, sin necesidad de autorización de la SHCP y de carga regulatoria.


SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE NO REGULADAS:

Son aquellas en cuyo capital no participen, en los términos y condiciones antes señalados, cualquiera de las entidades a que se refiere el párrafo anterior. Estas sociedades deberán agregar a su denominación social la expresión "sociedad financiera de objeto múltiple" o su acrónimo "Sofom", seguido de las palabras "entidad no regulada" o su abreviatura "E.N.R.". Las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas no estarán sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores


ORGANIZACIONES AUXILIARES DEL CRÉDITO

Son aquellas instituciones de crédito que participan en la actividad financiera facilitando las operaciones de crédito y coadyuvando a un mejor funcionamiento del sistema financiero en general. Estas organizaciones se clasifican en públicas y privadas.

Algunas organizaciones que se encuentran de estas son:

         Almacenes Generales de Deposito

         Arrendadoras Financieras de Depósito

         Empresas de Factoraje Financiero

         Sociedades Financieras de Objeto Limitado (SOFOLES)

         Uniones de Crédito


ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO: 

Son organizaciones auxiliares de crédito, cuyo objetivo principal es el almacenamiento, guarda, conservación, manejo, control, distribución o comercialización de los bienes o mercancías que se encomiendan a su custodia. algunas de sus funciones son :

·         Procesos de incorporación de valor agregado.

·         Prestar servicios técnicos para la conservación y salubridad de mercancías.

·         Otorgar financiamiento con garantía de las mercancías depositadas.

·         Obtener préstamos y créditos de instituciones de crédito, de seguros y fianzas del país o de entidades financieras del exterior, destinados al cumplimiento de su objetivo social.


ARRENDADORAS FINANCIERAS DE DEPOSITO:

Es una institución financiera especializada, autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para adquirir determinados bienes que les señale el arrendatario, o a adquirir bienes de éste con el compromiso de dárselos en arrendamiento, otorgándole su uso y goce temporal. Una de sus funciones  es que Por medio del arrendamiento se puede obtener financiamiento hasta por  determinado porcentaje del costo de un bien  incluyendo, dependiendo del caso, otro tipo de costos adicionales, tales como instalación impuestos, derechos de importación, servicio aduanal, etc. apoyando que el cliente o arrendatario no tenga que hacer desembolsos  considerables al inicio del contrato.


EMPRESAS DE FACTORAJE FINANCIERO:

Las empresas de factoraje financiero son sociedades anónimas especializadas en adquirir (de sus clientes) derechos de crédito (a favor de tales clientes) relacionados a proveeduría de bienes o servicios, a cambio de un precio determinado.

Una de sus funcione es que  al adquirir de un cliente los documentos para cobrarle al deudor, estas empresas pagan o adelantan dinero a dicho cliente (dueño del derecho de cobro) cobrándole un importe por el servicio. A estas operaciones se les conoce como "descuento de documentos".


SOCIEDADES FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO (SOFOLES): 

Estos tienen por objeto otorgar créditos o financiamiento para la planeación, adquisición, desarrollo o construcción, enajenación y administración de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, a sectores o actividades específicos, es decir, atienden a aquellos sectores que no han tenido acceso a los créditos ofrecidos por los intermediarios financieros tradicionales, como los bancos.

Sus  funciones son el otorgamiento de créditos a una determinada actividad o sector, por ejemplo: hipotecarios, al consumo, automotrices, agroindustriales, microcréditos, a pymes, bienes de capital, transporte, etc .


UNIONES DE CREDITO: 

son instituciones financieras, constituidas con el propósito de ofrecer acceso al financiamiento y condiciones favorables para ahorrar y recibir préstamos y servicios financieros. Es importante destacar que las Uniones de Crédito no proporcionan servicios al público en general ya que solo están autorizadas para realizar operaciones con sus socios. Sus funciones son:

         Son Facilitar el uso del crédito a sus socios y prestar su garantía o aval.

         Recibir préstamos exclusivamente de sus socios, de instituciones de crédito, de seguros y de fianzas del país.

         Practicar con sus socios operaciones de descuento, préstamo y crédito de toda clase.

         Encargarse de la compra y venta de los frutos o productos obtenidos o  elaborados por sus socios. 










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